La Dirección de Asuntos Federales y Electorales es el área encargada de promover y coordinar acciones conjuntas de la Cancillería y autoridades del ámbito subnacional, que tiendan a generar una mayor integración de las diferentes realidades del territorio nacional en la orientación y ejecución de los lineamientos de la política exterior.
Entre sus principales acciones se destacan:
• Canalizar y dar respuesta a los requerimientos formulados por las distintas autoridades subnacionales al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
• Asistir y colaborar con las autoridades subnacionales en la negociación y conclusión de acuerdos con las contrapartes subnacionales de otros países.
• Brindar apoyo técnico y coordinar con las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República Argentina, la asistencia a las misiones oficiales al exterior de autoridades subnacionales de nuestro país.
• Coordinar las acciones tendientes al desarrollo de foros y otras instancias de articulación entre autoridades subnacionales en el ámbito internacional, particularmente en los espacios de integración regional.
• Coordinar, junto a la Dirección General de Asuntos Consulares, la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la realización de los comicios en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República Argentina en el exterior, en ocasión de Elecciones Nacionales, conforme lo establecido por la Ley N° 24.007 y sus Decretos Reglamentarios N° 1.138/93; N° 2010/93 y N° 254/09.
• Participar como observador en las elecciones que se realizan en otros países que solicitan la participación de la República Argentina en dicho carácter.
• Participar, junto a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y Transporte, de acciones de capacitación en observación electoral destinadas a países que así lo requieran.
VOTO ARGENTINO EN EL EXTERIOR:
Guía para participar de las Elecciones Nacionales del 25 de Octubre de 2015 desde el exterior:Empadronamiento hasta el 28 de abril de 2015.
Los argentinos residentes en el extranjero pueden participar de las elecciones para cargos electivos nacionales, tal y como lo dispone la Ley Nº 24.007 de Creación del Registro de Electores Residentes en el Exterior y su correspondiente reglamentación (Decreto Nº 1138/93 y modificatorios).
La misma garantiza el ejercicio del derecho al voto a los argentinos que se encuentren radicados en otro país; debiendo para ello inscribirse voluntariamente en el Registro de Electores Residentes en el Exterior.
¿Cómo participar de las elecciones en el exterior?
Los ciudadanos argentinos que tengan registrado en su Documento Nacional de Identidad el domicilio en el exterior, pueden inscribirse en el Registro de Electores Residentes en el Exterior para tener la posibilidad de votar en las Elecciones Nacionales que se realicen en la República Argentina.
¿Cómo inscribirse para votar?
Existen dos formas de inscribirse en el Registro de Electores Residentes en el Exterior:
- Presentándose en la oficina consular correspondiente y solicitando completar el formulario de inscripción (Formulario CARE).
- A través de Internet, completando el formulario electrónico que se encuentra en el sitiocare.padron.gov.ar.
¿Qué requisitos son necesarios para inscribirse?
Para poder inscribirse es imprescindible tener domicilio fuera del territorio de la República Argentina y que ese domicilio esté asentado en el DNI.
¿Qué documentación debe acompañarse?
Al momento de inscribirse personalmente en una oficina consular, es necesario presentar fotocopia completa del DNI junto con el formulario de inscripción debidamente confeccionado.
En caso de inscribirse por Internet, debe adjuntarse al formulario electrónico una copia completa escaneada del DNI.
¿Cuál es el plazo para inscribirse?
El plazo para inscribirse finaliza 180 días antes de la elección nacional. La inscripción para participar de las elecciones del año 2015 se extiende hasta el 28 de abril de 2015.
¿Es necesario inscribirse antes de cada elección?
No, no es necesario. El Registro de Electores Residentes en el Exterior es de carácter permanente. Su confección, actualización y depuración está a cargo de la Cámara Nacional Electoral.
¿Los electores inscriptos están obligados a votar?
No. Al igual que la inscripción, el sufragio de los argentinos en el exterior es voluntario. Los inscriptos en el Registro de Electores Residentes en el Exterior pueden optar por ejercer su derecho al sufragio o no.
¿Al estar de viaje en fecha de elecciones, se puede votar igual?
No, únicamente pueden votar quienes tengan el cambio de domicilio al exterior asentado en su DNI. Los argentinos que tengan domicilio en el territorio nacional y se encuentren temporalmente fuera del territorio argentino el día de la elección, deberán justificar la no emisión del voto concurriendo a la oficina consular de la jurisdicción donde se encuentre.
Los argentinos que se encuentren temporalmente fuera del territorio argentino el día de la elección y no hayan justificado la no emisión del voto el día de la elección en la respectiva oficina consular, podrán hacerlo a su regreso en el Juzgado Federal con competencia Electoral que corresponda a su domicilio, o en la Cámara Nacional Electoral -sita en Av. Leandro N. Alem 232, de 8 a 13 hs- dentro del plazo de 60 días corridos desde la fecha de los comicios, acreditando que se hallaban en la jurisdicción consular el día de las elecciones.
Es importante tener en cuenta que los electores argentinos residentes en el exterior sólo votan por candidatos a cargos electivos nacionales: Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores y Diputados Nacionales. Las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.) no se realizan en el exterior.
En el caso de las elecciones legislativas nacionales (diputados y senadores), los argentinos residentes en el exterior votan por los candidatos correspondientes al distrito electoral de su última residencia en Argentina.
Los electores argentinos residentes en el exterior emiten su voto con el sistema comúnmente conocido como “boleta única”.
Los votos emitidos en cada una de las representaciones diplomáticas y consulares habilitadas el día de los comicios, son remitidos por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y la Cámara Nacional Electoral a las Juntas Electorales Nacionales del distrito que corresponda según el último domicilio del elector en el territorio argentino.
CONTACTO
Dirección de Asuntos Federales y Electorales
Teléfono.: +54 (11) 4819-7325/7779/7798
Correo Electrónico: dirfe@cancilleria.gob.ar